miércoles, 23 de mayo de 2012

Los fines del Derecho

LOS FINES DEL DERECHO : JUSTICIA, SEGURIDAD Y BIEN COMUN.

 

Louis  Le  Fur

Concibe a la justicia y a la seguridad como elementos del bien común. Desarrolla esta idea con base al derecho y a su objeto de creación, así como su relación con la función del Estado.

La  funcion del Estado  la concibe  como la  forma  más  elevada  de  la  organizacion  humana, consiste  en promulgar o  decidir  el Derecho.

El Derecho    constituye  un  elemento  espiritual de toda  civilización, su  fin  es establecer  en el medio  social  un  regimen  de seguridad, tranquilidad  y orden, es decir  paz  en la ciudad.

Garantizando la justicia y la seguridad, se obtendrá el bien común, significa el equilibrio adecuado entre las costumbres y el progreso, pues las normas deben avanzar en la misma medida que la sociedad.
Relacion entre Estado  y  Derecho---- El Estado asegura  el bien  de todos  sus miembros= Bien comun
                                                   El Estado  reposa  sobre cierto número de datos= Datos del Derecho.

Funcion del  factor  juridico: Consiste  en garantizar  la justicia, orden y seguridad.
Finalidad por  parte  de  gobernantes, legisladores y juicios,  cuando  deciden  sobre el Derecho, con el objeto de obtener  un  resultado determinado.

Derecho como ciencia  normativa: Ciencia que da reglas, es imperativo, indica lo que debe ser.

Oposicion: Positivistas: Rechazan  la idea de  una  ciencia normativa  que se impondria  a los hombres  como moral. (Bien comun  apreciacion subjetiva).

El  Derecho  no puede  aparecer  como ciencia  verdadera o  no puede  serlo  a menos que se sujete  como  las  ciencias  fisicas o naturales, unicamente a comprobacion.

El Derecho siempre tiene   funcion de establecer  limites, pedia  regular al ser humano, conclusion no hay antinomias entre el Bien  comun, justicia y seguridad.

J.T. Delos

El  Derecho positivo  no tiene  otro   contenido que el  que la voluntad  del Estado  o  la de los contratantes.
El problema fundamental  dela  filosofia  juridica  es  el de la naturaleza del Derecho Positivo  o de  su fundamento  meta-juridico, moral, politico, economico  sin embargo  el Derecho Positivo  entraña  un  doble  caracter  el empirico y el racional.

La  ley es un medio de llegar a un fin (justicia, bien comun y seguridad) el  cual  se  exterioriza  a traves del Derecho positivo.

Delos: El Derecho  Positivo persigue  fines  objetivo que  le  son exteriores y trascendentes pero que a la vez son inmanentemente  la realidad juridica. El  fin y la idea  son una sola y misma cosa, una realidad  unica porque  ejerce una doble  funcion.

El bien comun: se aprecia en  funcion del hombre, es decir de la persona humana, espiritual.
Seguridad y justicia: Garantia  del individuo  de  que sus  familiares, bienes etc.  no seran  atacados  y si lo son estos  seran  garantizados (reparacion del daño).

Conclusion: No existe  antinomia entre el Bien comun, justicia y seguridad  lo que existe es armonizacion ya  que estas nunca  son  contrarias siempre  se unifican  para  crear un bien al hombre  y  eso  ocasiona  que  el Derecho lo complemente.

Gustav  Radbruch

Bien comun: Social:  Es el bien  de todos.
                      Organico: Bien  de una totalidad  que  esta  reprimida  por un Estado.
                        Institucion: El bien comun  consiste en enlaces  en la realizacion de valores.

Justicia: Aristoteles: Soluciona  conflictos  en virtud  de  normas  iguales, significa  igualdad, no transmite igualdad  de  todos los hombres y  de todos los hechos, sino aplicacion de una medida igual.

Seguridad: Igualdad ante la ley, no es un valor absoluto primordial como la justicia.  (antinomia vivente  entre justicia y seguridad)

No existe armonia entre el Bien comun, justicia y seguridad  ya que siempre  hay antagonismo  entre  estos.  La existencia de alguno depende a  la epoca en que se vive. Atribuye  cada  concepto  a un Derecho diferente.  (Seguridad=Edo. de policia, Justicia= Ius positivismo, Bien comun=Ius naturalismo.

A. J. Carlyle

Habla  básicamente  del Bien comun, justicia y seguridad en la epoca Medieval.





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